Pyongyang, 7 de mayo (ACNC) -- El representante permanente de la República Popular Democrática de Corea (RPDC) ante la ONU, Kim Song, hizo pública el día 6 una declaración que sigue:
En la 11ª conferencia de revisión de cumplimiento del Tratado de No Proliferación que se efectúa en la sede de la ONU, EE.UU. y algunos países seguidores cuestionan sin ton ni son la actual posición y el ejercicio del derecho soberano de la RPDC, país con armas nucleares, que está fuera de este pacto.
En vez de hacer aporte a la solución fundamental de desarme y conflicto nucleares en el ámbito internacional, la presente cita se ha convertido en un teatro de censura malintencionada a los países soberanos, lejos de su misión innata, según la sucia intención política de EE.UU. y las fuerzas occidentales, razón por la cual se vulnera el sistema de no proliferación en escala mundial.
Condeno y rechazo categóricamente la conducta bandidesca y descarada de los específicos Estados encabezados por EE.UU. que cuestionan la posesión indispensable de armas nucleares de la RPDC, que pasó el proceso legal, y el ejercicio de propio derecho del Estado soberano a autodefensa.
EE.UU. y los países occidentales imponen el cumplimiento del TNP a la RPDC que había ejercido el derecho a la retirada del tratado en virtud de su décimo artículo, hecho que es una violación flagrante del espíritu de este pacto y el desprecio total al objetivo y principios del Derecho Internacional.
Antes de cuestionar la observancia del tratado por la RPDC que hace varios decenios se ha retirado legalmente del TNP, EE.UU. deberá responder primero si se aplica la misma pauta también en el cumplimiento de las obligaciones que están estipuladas en los tratados internacionales y convenciones de organizaciones internacionales retirados por sí mismo.
Los caracteres puro y legal del TNP no se enturbian por el ejercicio de derecho del Estado soberano fuera del tratado, sino se corrompen desde el interno por el incumplimiento del deber por algunos países miembros como EE.UU. que abusan a su capricho del carácter del trato y la esfera de su aplicación.
Hoy día, EE.UU. y algunos países se dedican a los actos prolíferos como ofertar a los Estados no nucleares el "disuasivo ampliado" y transferirles la tecnología de submarino nuclear, incumpliendo así el deber de desarme nuclear como país partidario del TNP. Por eso, detener la trasgresión del pacto por estos países debe ser merecidamente el foco del cumplimiento del TNP y el asunto principal de la labor de la conferencia en cuestión.
La posición de la RPDC como país con armas nucleares no se modificará por la insistencia retórica de los ajenos ni por la codicia unilateral.
Reitero otra vez que la RPDC no se restringe en cualquier caso por el TNP.
La RPDC quedará fiel a la ley en cuanto a la política de las fuerzas armadas nucleares en que fueron esclarecidos la misión de estas fuerzas y el principio de su empleo y la responsabilidad de no proliferarlas, y ejecutará cabalmente la obligación según la Constitución Estatal en que está fijada la posición legal de la RPDC como país con armas nucleares, de manera que hará activo aporte a los esfuerzos de la sociedad internacional por preservar la paz y seguridad internacionales y fomentar la estabilidad estratégica del mundo. -0-
www.kcna.kp (2026.05.07.)